UGT Autonómica informa sobre notificación de la Dirección General de Empleo Público, en relación al disfrute de los días pendientes de vacaciones y asuntos particulares:
- Permisos por asuntos particulares y de los días de similar naturaleza. Si por necesidades del servicio, debidamente motivadas, no pudiesen disfrutarse de dichos días antes del día 31 de enero año posterior al de devengo, se considerará hábil a efectos de su disfrute, el primer trimestre del año siguiente. En consecuencia, podrá disfrutarse dichos días hasta el día 31 de marzo de 2025 cuando se justifique que existen necesidades del servicio. Por lo tanto, se trata de un supuesto excepcional que debe aplicarse solamente cuando sea necesario para el correcto funcionamiento del servicio. En el caso de que el personal no haga voluntariamente uso de este permiso antes de la fecha señalada, se entenderá decaído en su derecho a disfrutar de los días de permiso con cargo al año en curso.
Los/as empleados/as públicos que vayan a cesar en su relación con esta Administración antes del 31 de marzo de 2025, deberán disfrutar íntegramente de sus días de permiso antes de dicho cese.
- Vacaciones. Ante los problemas y dificultades que ha podido conllevar la carencia de personal o el aumento de la carga de trabajo, se considera que existe justificación suficiente para acordar individualizadamente con cada empleado/a público/a el disfrute de los días de vacaciones pendientes que se correspondan con el año 2024, durante el primer trimestre del año 2025, siempre y cuando se trate de puestos de trabajo relacionados directamente con la prestación de servicios públicos que desarrollan tareas necesarias para tramitar expedientes vinculados a los Fondos Europeos Next Generation EU y otras ayudas Comunitarias, o en los que la imposibilidad de haber disfrutado las mismas con anterioridad se derive de las diversas modificaciones de estructura de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma acordadas durante el ejercicio presupuestario.
Los/as empleados/as públicos que vayan a cesar en su relación con esta Administración antes del final del primer trimestre del año 2025, deberán disfrutar íntegramente de sus días de vacaciones antes de dicho cese.
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