Convocadas comisiones de servicios para personal funcionario por motivos de salud y conciliación de la vida familiar y laboral.
Con el objeto de otorgar una respuesta adecuada, por parte de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, a las situaciones personales y familiares de extrema gravedad que puedan afectar al funcionariado público docente, situaciones que difícilmente podrían tener solución por otra vía, se arbitra un procedimiento reglado para autorizar, con carácter extraordinario, comisiones de servicio por motivos de conciliación o de salud especialmente graves.
Resolución de 19 de marzo 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan comisiones de servicio para el personal funcionario de carrera docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el curso escolar 2024-2025.
Resolución (pdf) BOPA 03-04-2024
Clasificación
Serán situaciones que amparan la concesión de comisiones de servicio a las que hace referencia el apartado primero, las que siguen, en atención a situaciones personales especiales:
1. Por motivos graves de salud.
A. Por motivos de salud propios, siempre que no le impidan o dificulten gravemente llevar a cabo su labor docente en su centro de destino, y siempre que el cambio de destino suponga una mejora para su estado.
B. Por motivos de salud de cónyuge o descendientes de primer grado.
C. Por motivos de salud de ascendientes en primer grado.
2. Por conciliación de la vida familiar y laboral.
Solicitud, lugar y plazo de presentación.
1. La solicitud se formulará mediante la cumplimentación del modelo normalizado disponible en el buscador de la sede electrónica https://sede.asturias.es, introduciendo el código RRHH0032T01, y deberá ir acompañada de la documentación justificativa de las circunstancias alegadas.
2. Las personas interesadas presentarán las solicitudes y documentación dirigidas a la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal, a través de cualquiera de los siguientes canales:
a) Presencialmente: Será posible solicitar la comisión de servicio mediante la cumplimentación del formulario normalizado disponible en el buscador de la sede electrónica “https://sede.asturias.es” introduciendo el código RRHH0032T01, canal presencial en “otras formas de tramitación” y presentando la misma en el Registro General del Principado de Asturias.
b) Por Internet: Será posible solicitar la comisión de servicio a través de la sede electrónica “https://sede.asturias.es”, introduciendo el código RRHH0032T01, siempre que la persona solicitante se identifique con DNI electrónico o Certificado Digital, accediendo por “iniciar solicitud” y cumplimentando el formulario disponible. Se podrá completar el proceso de presentación de la solicitud mediante el Registro Electrónico de la misma.
3. El plazo para solicitar comisiones de servicio será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. (del 4 de abril al 17 de abril de 2024).
Datos para cumplimentar la solicitud
- Órgano al que se dirige: Servicio de Gestión Administrativa y Salud Laboral.
- Código DIR: A03045173