Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se regula la fase de prácticas de las personas seleccionadas en el procedimiento selectivo para ingreso en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022
DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS
Con fecha 2 de diciembre de 2024 se darán por finalizadas las prácticas para quienes hayan prestado servicios efectivos durante un período de al menos tres meses y un día, contados a partir de la incorporación al servicio, sin perjuicio de que sigan desarrollando sus actividades docentes hasta su nombramiento como
funcionarios de carrera que será efectivo con fecha 31 de diciembre de 2024, de acuerdo con el artículo segundo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En aplicación de lo establecido en los artículos 8 y 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las funcionarias en prácticas que durante el periodo de las mismas se encontrasen en situaciones de baja con motivo de embarazo, de permiso por maternidad o adopción, por guarda con fines de adopción, acogimiento, tanto temporal como permanente, o permiso de lactancia acumulada, así como los funcionarios en prácticas que se encontrasen en situación de permiso por paternidad o adopción, por guarda con fines de adopción, acogimiento, tanto temporal como permanente o permiso de lactancia acumulada y completen el periodo indicado en el párrafo anterior antes del 30 de junio de 2025, serán nombrados como funcionarios de carrera con efectos retroactivos de 31 de diciembre de 2024.