Obtener la primera autorización o la prórroga de esta, en el caso de que se le haya concedido, para la prestación de servicios a distancia bajo la modalidad de teletrabajo, entendido como aquel en el que las funciones del puesto de trabajo pueden desarrollarse fuera de las dependencias de la Administración, mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación.
El personal funcionario y laboral, incluido el interino y temporal, que preste servicios en puestos de trabajo susceptibles de ser desempeñados en régimen de teletrabajo, en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, entendiéndose incluidos todos los comprendidos en el ámbito funcional del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias, así como los organismos públicos Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias y Servicio de Emergencias del Principado de Asturias.
Se excluye, en todo caso, el personal destinado en establecimientos sanitarios y el que preste sus servicios en centros docentes vinculados al calendario escolar. El personal al servicio de la Administración de Justicia se regirá por su normativa específica.
Todo el año
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