Correos presenta el borrador de todos los años con la única incorporación del incremento del 3 % impuesto por el acuerdo de función pública.
El 24 de noviembre, a escasos días del inicio de la campaña de navidad, Correos ha reunido a los sindicatos para tratar las Instrucciones sobre productividad y remuneración del trabajo durante este periodo. El borrador entregado lleva los mismos términos y condiciones que los que se han mantenido durante años y año, sin novedad más allá de que ya lleva incorporada la subida del 3% en las cantidades económicas que viene impuesta por compromisos adquiridos por UGT y CCOO con el gobierno en el Acuerdo para una Administración del S XXI.
Propuesta de la empresa:
CAMPAÑA DE NAVIDAD 2023 | |
PERIODO | Del 1 al 31 de diciembre de 2023 |
REQUISITOS | Personal funcionario, personal laboral fijo y personal laboral temporal de REPARTO, CENTROS Y OFICINAS, Ruteros, Apartados, Rurales A, Conductores Intercentros, Oficinas de Cambio y las de Tratamiento Aduanero, Almacenes Logísticos y Jefaturas de Sector que correspondan. Para Rurales B y personal a tiempo parcial la compensación será proporcional a la jornada contratada. Vinculado y en activo de forma ininterrumpida desde el 1 al 31 de diciembre |
CUANTÍAS Y DESCUENTOS | PRODUCTIVIDAD CAMPAÑA: 109,63 € DESCUENTOS por INASISTENCIA TOTAL O PARCIAL: Primer día 13,52 euros, segundo y tercer día 20,29 euros por cada uno de ellos. Más de 3 días se pierde el derecho a percibirla. Excepciones: – Inasistencia por causa justificada de violencia de género, parto, nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar previsto en la regulación interna de Correos y por accidente de trabajo producido durante el mes de noviembre o diciembre. – Se podrán disfrutar hasta 2 días de permiso sin penalización a partir del 12 de diciembre |
NORMAS GENERALES ORGANIZATIVAS | – Se podrán adoptar medidas organizativas que permitan adaptar la capacidad productiva a las necesidades operativas en las unidades que lo requieran. – Para atender estas actuaciones que pudieran surgir en las unidades de distribución (tales como efectuar repartos puntuales fuera de los horarios habituales), en las oficinas o en las unidades de admisión masiva, carga y descarga, salas de dirección y centros de tratamiento, podrán realizar horas adicionales/extra con la compensación salarial correspondiente. |
DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE | – El personal que preste servicio (distribución, logística y oficinas), será el mínimo imprescindible para atender las necesidades operativas, de negocio y de servicio público de cada una de estas unidades. – La prestación de servicios en estos días será retribuida con un módulo de 91,65 euros por trabajador/a día. |
DÍAS 25 DICIEMBRE 2023 1 DE ENERO 2024 | – Como norma general, no se prestará ningún servicio en estos días. Los empleados/as de los centros de tratamiento que por turno les corresponda trabajar las noches de los días 25 a 26 de diciembre y 1 a 2 de enero, realizarán las horas adicionales de festivo que sean necesarias para la organización de los servicios postales en dichos centros. |
En la reunión UGT ha expresado lo que deberían contener las Instrucciones:
- La gratificación debería estar acorde a los tiempos actuales. Hablamos de la realización de un trabajo extraordinario y de un esfuerzo que no está suficientemente retribuido ni reconocido en las cantidades recogidas, es necesaria una subida lineal, suficiente y adecuada. Además de que debería pagarse a todos los colectivos en implicación en la campaña y de forma íntegra al personal a tiempo parcial.
- Los días de permiso sin penalización son los impuestos por la empresa en el calendario laboral, cuando claramente podrían aumentarse y sobre todo fijarse unos criterios únicos y contundentes para evitar la denegación generalizada escudada en las necesidades del servicio y sin otras razones que la comodidad de algunas jefaturas.
- Las penalizaciones por día de ausencia y sobre todo la pérdida de toda la gratificación por más de tres días de inasistencia total o parcial ya eran excesivas y se incrementan de nuevo cuando deberían desaparecer y en todo caso, calcular la gratificación en función de los días efectivamente trabajados, dando un valor a cada día. Se recogen además las mismas excepciones cuando deberían estar al menos situaciones de enfermedad ya reconocidas y acordadas para el cobro del CPA.
- Respecto de los trabajos que por necesidades operativas se realicen los días 24 y 31 de diciembre, y que se recompensan retributivamente con un módulo deberían ser tratados como festivos también a efectos de ser compensados con un día de descanso y ser realizados con personal voluntario recurriendo en otro caso a la contratación especifica desde las bolsas correspondientes de fines de semana y festivo.
- Debería realizarse toda la contratación necesaria para garantizar el buen desarrollo y funcionamiento de la campaña y para evitar las sobrecargas de trabajo inaceptables derivadas de las decisiones de no cubrir las ausencias.
La empresa, a diferencia de los últimos años, parece que se va a interesar por las aportaciones realizadas porque ha trasladado en la reunión que las revisará para ver que puede incorporar indicando que los márgenes de mejora son pequeños.
La discusión integral sobre todas estas cuestiones y otras muchas que mejorarían de una manera justa la Circular de Navidad es lo que deberla llevarse a cabo si el presidente Serrano afrontara este asunto con seriedad y respeto al esfuerzo de los trabajadores y trabajadoras pero su objetivo está en imponer cambios organizativos nefastos para Correos que precarizan las condiciones laborales o en cualquier otra actuación que sirva a su voluntad de desmantelamiento y desguace y la alternativa en esta materia que podríamos esperar de este presidente seria que pretendiera recortar los derechos regulados como ha intentado en el calendario laboral de los años anteriores. Está previsto que la publicación definitiva sea la próxima semana.