El lunes 18 de marzo se reunió la Comisión Mixta Paritaria del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral y UGT te informa de los puntos tratados en el orden del día:
- Informe sobre el pliego de prescripciones técnicas para el contrato de seguro colectivo de Accidentes de Trabajo del personal de la Administración del Principado de Asturias.
Vista la documentación remitida por la Administración acerca del pliego de prescripciones técnicas para el contrato de seguro colectivo de accidentes de trabajo del personal de la Administración del Principado de Asturias, todas las Organizaciones Sindicales se muestran conformes.
- Situación de los auxiliares educadores dependientes de la Consejería de Educación a los que se les está negando la gratuidad de la comida en los centros a los que están adscritos.
Se expone que desde la Consejería de Educación no se ha enviado circular a los centros de educación especial indicando la restitución del servicio de comedor gratuito para los auxiliares educadores tras la sentencia de conflicto colectivo que reconoce ese derecho. Así mismo se refiere la situación de los que desempeñan sus funciones en centros ordinarios que, con carácter general, no tienen acceso al servicio de comedor de manera gratuita.
La Administración aclara que la sentencia se refiere exclusivamente al ámbito de los centros de educación especial y manifiesta su intención de no hacerlo extensivo al resto de centros, ya que este derecho no está recogido en el Convenio.
UGT recuerda que, si bien el Convenio no recoge de manera expresa el derecho a comedor gratuito del personal de la Consejería de Educación, sí hay una Orden Ministerial que lo reconoce, siempre que se cumplan unas condiciones que en todo caso se dan en el personal auxiliar que atiende en los comedores y recreos a los niños con discapacidad. Desde UGT entendemos, y así lo manifestamos, que esta normativa es de aplicación al no existir regulación autonómica del servicio de comedor en los centros educativos y, observamos que, de cara a la negociación del VI Convenio Colectivo, el acceso a comedor gratuito del personal auxiliar educador de la Consejería de Educación, será una prioridad para esta Organización Sindical.
- Asimilación de la figura de curatela y guarda y custodia de un familiar, a familiar de primer grado para la concesión de permisos.
La Administración explica que no hay lugar a esta asimilación cuando hay casos en los que ni siquiera existe convivencia entre el curador/guardador y la persona con la que mantiene esa relación jurídica. En cualquier caso, cualquier función que tuviera que realizar en base a la propia relación de curatela o guarda estaría amparada por el permiso de deber inexcusable, durante el tiempo necesario para desempeñarla.
- Situación del coordinador del área de remontes y pistas de la Estación Invernal y de Montaña Valgrande Pajares ante la retirada de las funciones del puesto de trabajo por parte de la Dirección de dicha instalación en lo que supone una actuación no procedente, contraria al concurso de méritos recogido en el BOPA número 51 de 2-3-2018 y a lo establecido en el V Convenio Colectivo.
Esta cuestión, que ya está resuelta a la fecha de celebración de esta reunión, no constituye materia de Comisión Paritaria, ya que la regulación de los permisos en el V Convenio se encuentra suspendida actualmente.