El BOE de hoy, 2 de julio de 2025 (Orden PJC/681/2025, de 1 de julio), BOE-A-2025-13410 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 6.2 del RDL 4/2024.
Hay que tener presentes algunas cuestiones fundamentales:
- Este incremento variable deriva del Acuerdo para una Administración del siglo XXI, firmado por UGT-SP, y concretado en el RDL 4/2024.
- Es normativa retributiva de carácter básico, y por tanto de aplicación en el conjunto de las Administraciones Públicas. El artículo 6.2 del RDL resulta imperativo con la expresión “…se aplicará…” en relación con este incremento.
- Las Administraciones Públicas no pueden argumentar insuficiencia presupuestaria, y deben llevar a cabo el incremento del 0,5%.
- El incremento es retroactivo y consolidable, desde el 1 de enero de 2024 (incluyendo también los meses transcurridos del año 2025, hasta su percepción).
- Este incremento se lleva a cabo con respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023.
- No existe una fecha única para su abono, como suele ser habitual, habrá distintos ritmos para su pago en cada Administración, que suelen publicar una serie de instrucciones para su concreción efectiva (denominación del concepto de cómo se va a incluir en la nómina, personal que se haya jubilado, personal que haya cambiado de destino, etc.).
Evidentemente, nuestra acción sindical está encaminada a exigir a las Administraciones Públicas que proceda a su abono a la mayor brevedad posible es decir, en la nómina del mes de julio.