UGT celebra esta nueva sentencia como una victoria sindical de gran importancia para la defensa de los derechos laborales. Con este fallo se reafirma la primacía del convenio colectivo y los derechos laborales sobre las medidas unilaterales de la empresa
Esta sentencia de la Audiencia Nacional, que supone una nueva victoria de UGT, tumba la circular de FREMAP y asegura el pago de todos los gastos justificados a partir de 1,80 € (Sentencia 130/2025).
La Audiencia Nacional ha estimado el recurso interpuesto por UGT contra la mutua FREMAP, declarando nula la circular que limitaba arbitrariamente el reembolso de gastos de desplazamiento. En su sentencia Nº 130/2025 (de fecha 2 de octubre de 2025), la Sala de lo Social ratifica que los trabajadores/as de FREMAP tienen derecho a cobrar todos los gastos debidamente justificados superiores a 1,80 €, sin requisitos adicionales ilegítimos. Además de ello la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional impone a FREMAP una sanción pecuniaria de 2.000 € y el abono de los honorarios de abogados y graduados sociales de los sindicatos demandantes e intervinientes en concepto de temeridad por dictar una circular que contravenía la SAN de 24 de enero de 2025. El sindicato destaca con satisfacción este fallo, que reafirma, una vez más, la primacía del convenio colectivo y los derechos laborales sobre las medidas unilaterales de la empresa.
Antecedentes claves de este conflicto:
FREMAP publicó la Circular 60/2023 sustituyendo la anterior de 2013, en la que se introducían criterios limitativos unilaterales (por ejemplo, recortando el pago de desayunos) que contravenían el convenio colectivo.
Tras esta circular, el sindicato CCOO consultó en la Comisión Mixta sobre su alcance, y el 15 de marzo de 2024 en Comisión Mixta, tanto empresa, CCOO como CSIF acordaron restringir el abono del desayuno sólo a desplazamientos iniciados antes de las 7:00 h y hasta un límite de 6 €. UGT manifestó su oposición a ese acuerdo desde el primer momento.
Ante estas medidas pactadas por empresa y una parte social, UGT interpuso conflicto colectivo en la Audiencia Nacional para defender el cumplimiento del convenio.
La Audiencia Nacional dictó la primera sentencia favorable a UGT, la Nº 9/2025 de fecha 24 de enero de 2025. En aquel fallo inicial, el Tribunal declaró nulo el acuerdo firmado en la Comisión Mixta el 15 de marzo de 2024, por FREMAP, CCOO y CSIF y obligaba a FREMAP a abonar todos los gastos de viaje debidamente justificados que superasen los 1,80 €, protegiendo así plenamente el derecho recogido en el convenio de empresa. Ese primer pronunciamiento judicial estableció el criterio de que cualquier limitación adicional no pactada y que provoque la reducción indebida de los derechos de los trabajadores sea considerada ilegal.
UGT celebra esta nueva sentencia como una victoria sindical de gran importancia para la defensa de los derechos laborales. El sindicato valora especialmente que se reconozca nuevamente el derecho de las trabajadoras y trabajadores de FREMAP a cobrar íntegramente sus gastos justificados. Esta resolución refuerza el compromiso de UGT con la lucha sindical y el diálogo social, subrayando que no tolerará intentos de recortar derechos en perjuicio de la plantilla. En palabras de UGT, “siempre estaremos al lado de los trabajadores frente a actuaciones arbitrarias, asegurando que se cumpla el convenio colectivo y los acuerdos alcanzados”. UGT Servicios Públicos seguirá vigilante para garantizar que FREMAP y cualquier empresa cumplan las sentencias y no vulneren las condiciones laborales de sus empleados.





