Licencias por estudio no retribuidas 2024-2025. Convocatoria

licencias por estudios no retribuidas

Licencias por estudio no retribuidas 2024-2025. Convocatoria

Aprobadas y publicadas las bases para la convocatoria de licencias por estudios no retribuidas para el curso escolar 2024-2025, y sus anexos, destinadas al personal funcionario docente de carrera que pertenezca a los Cuerpos de Maestros/as, Profesores/as de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la FP, Profesores/as Técnicos/as de Formación Profesional, a extinguir, Profesores/as de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores/as de Música y Artes Escénicas, Maestros/as de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Profesores/as de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos/as de las diferentes enseñanzas, Cuerpo de Inspectores/as de Educación, Cuerpo de Inspectores/as al Servicio de la Administración Educativa y Cuerpos Docentes declarados a extinguir.

Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan licencias por estudios destinadas al personal funcionario docente, para el curso 2024-2025.

Se convocan 77 licencias por estudios, no retribuidas, para el curso 2024-2025, dirigidas al personal funcionario docente de carrera, destinado durante dicho curso en Centros Docentes públicos, en Equipos de Orientación Educativa y Equipo Regional del Principado de Asturias y, asimismo, en el Servicio de Inspección Educativa, todos ellos del Principado de Asturias, según la distribución por cuerpos y condiciones que se establecen y relacionan en la base segunda y el Anexo I, respectivamente, de esta Resolución.

  • 41 licencias por estudios sin retribución económica para la realización de estudios de carácter académico, trabajos o proyectos de investigación educativa, no necesariamente relacionados con la especialidad que se imparta.
  • 36 licencias por estudio sin retribución económica para la formación en idiomas extranjeros (preferentemente inglés y francés).

Las solicitudes y documentos deberán presentarse en un plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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