COMUNICADO DE PRENSA

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El Sector de Enseñanza de FeSP-UGT exige que se negocie con los delegados/as de Prevención de Riesgos Laborales, Comités de Salud Laboral y, donde no los haya, con las Organizaciones Sindicales representativas del ámbito, las medidas de prevención antes de la vuelta a la actividad presencial en los centros educativos, y, en cualquier caso, consideramos que esa reanudación de la actividad docente presencial debe guiarse única y exclusivamente por criterios sanitarios.

Los niños y jóvenes son el grupo de edad que menos problemas de salud están teniendo como consecuencia del coronavirus. Sin embargo, el hecho de que, en general, no padezcan síntomas o que estos sean muy leves, no significa que no padezcan la enfermedad, y, lo que es más importante, que no sean capaces de contagiarla,

En realidad, sí son capaces de ello, y de una forma más peligrosa que los adultos, ya que muchos de los que estén contagiados serán asintomáticos, es decir, que no presentan síntomas de la enfermedad, siendo por tanto más difíciles de controlar e impedir que sigan contagiando a personas sanas.

Esta circunstancia es muy importante tenerla en cuenta si se produjera una relajación del confinamiento y finalmente se decidiera la continuación del curso escolar, y de cara al comienzo del curso 2020/21, puesto que, en función de la situación sanitaria, la reanudación de las clases podría suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores del sector.

Hay que tener en cuenta que la peculiaridad de la función docente -y de otros trabajos que se realizan en los centros escolares- hace que haya una gran cantidad de personas en espacios reducidos y con una gran interacción personal. Estas dos circunstancias llevan a que estos trabajadores deban ser considerados grupos de riesgo, pues su probabilidad de contagio es alta.

La posible reanudación de la actividad docente, de aprobarse por el Gobierno, debería basarse, exclusivamente, en criterios sanitarios. Por lo tanto, desde el Sector de Enseñanza de FeSP-UGT exigimos un plan de medidas preventivas que garantice la seguridad en la salud de los trabajadores de la Enseñanza para cuando, finalmente, se retome la actividad en los centros educativos.

Entre las medidas básicas que habría que implementar en los centros, deberían figurar el evitar la exposición a cualquier riesgo de los trabajadores especialmente sensibles, ya que puede ser fatal

para su salud; la revisión de los contenidos del currículo para reducir el número de horas presenciales a las estrictamente necesarias, y de esa forma reducir el tiempo de exposición de los trabajadores/as al riesgo de infección; así como adaptar la ratio profesor-alumno, ya que desde el punto de vista epidemiológico es elevada y aumenta la probabilidad de contagio.

Además, es imprescindible proporcionar a los trabajadores equipos de protección individual (las mascarillas, guantes o batas deben ser facilitadas antes del inicio de la actividad; y medidas de limpieza y desinfección periódica del centro); así como jabones desinfectantes de uso rápido en todas las aulas y dependencias del centro.

Hay un colectivo de trabajadores especialmente sensibles que, por lo tanto, deberían tener un tratamiento individualizado: personas con diabetes, enfermedades cardiovasculares – incluida la hipertensión-, enfermedades hepáticas crónicas, enfermedades renales crónicas, enfermedades pulmonares crónicas, inmunodeficiencia, cáncer en fase de tratamiento activo, embarazo y personas mayores de 60 años. Su incorporación al puesto de trabajo de manera presencial, debe ser valorada estrictamente, por razones sanitarias.

Antes de la incorporación efectiva, habría de determinarse un protocolo de actuación en el que, entre otros, se trataran asuntos como las medidas básicas de distanciamiento social dentro del centro, rutinas higiénicas básicas (lavados de mano, toser tapándose la boca con el codo, etc.); la forma de eliminación de las basuras, para que el personal de limpieza no se contagie; la no asistencia de alumnos con fiebre o tos (en caso de padecer alguno de estos síntomas deberían confinarse en casa. Los progenitores deberían firmar un documento asumiendo estas medidas excepcionales).

Si los trabajadores presentaran síntomas compatibles con la Covid-19, se les retirará de su actividad laboral y se les realizará una prueba de detección una vez transcurridas entre 48 y 72 horas. Si la prueba (PCR) diera negativa, podrán reincorporarse a la actividad profesional. Si es positiva y la sintomatología no requiriera hospitalización, se realizará una cuarentena domiciliara de 14 días. Además, se valorará la realización de PCR para confirmar la ausencia del virus.

22 abril 2020

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