Reunidos de forma telemática por videoconferencia el día 4 de mayo de 2020 a las 17:00 horas, la Ministra de Política Territorial y Función Pública y los representantes de UGT y del resto de las OOSS que forman parte de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, han suscrito el Acuerdo sobre medidas organizativas en el marco del Plan de Transición hacia una nueva normalidad.
El pasado 10 de marzo la SEPTyFP aprobó una Resolución con las medidas a adoptar en los centros de trabajo de la AGE con motivo del COVID-19, asegurando la adecuada prestación de los servicios públicos y la protección necesaria a las y los empleados públicos. El 12 de marzo se dictó una nueva Resolución para complementar la anterior.
UGT y CCOO planteamos, ese mismo día, la creación de un instrumento de comunicación y coordinación con Función Pública, entendiendo la necesidad de una colaboración efectiva entre la administración y las organizaciones sindicales. Este foro sería un canal idóneo para trasladar instrucciones coordinadas a los departamentos ministeriales, transmitiendo un mensaje de unidad de criterios en cuanto a las medidas puestas en marcha en las citadas resoluciones.
El 20 de marzo Función Pública decidió, en base a nuestra solicitud, la constitución de un Grupo de Trabajo de seguimiento del impacto del COVID-19 dependiente de la Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales, señalando que las organizaciones sindicales podrían plantear en su seno cualquier cuestión que considerasen oportuna.
UGT se fijó como objetivo fundamental de este grupo negociar la adopción de las medidas preventivas necesarias que permitan el retorno al servicio público con seguridad para las y los trabajadores que lo prestan, a partir de la finalización del estado de alarma. En ese sentido, a primeros de abril propusimos la negociación de un Pacto, con anticipación al periodo de desescalada, con el objetivo de constituir un entorno laboral seguro para continuar prestando un servicio de calidad en los centros de la AGE. Para ello presentamos documentos con las propuestas que se consideraban imprescindibles.
Posteriormente se inició un proceso de negociación que lamentablemente concluyó sin acuerdo con la publicación unilateral el 22 de abril de una “Instrucción de la Secretaría General de Función Pública sobre medidas y líneas de actuación en materia de prevención de riesgos laborales frente al COVID-19 de cara a la reincorporación presencial del personal”.
En estos momentos estamos asistiendo a una situación muy inusual, en la que el teletrabajo ha pasado de ser una opción a una necesidad, máxime cuando las estadísticas en el sector de la AGE indican que 2 de cada 3 empleadas y empleados públicos lo están realizando.
En un contexto como éste, se vuelve necesario sentar unas bases mínimas que permitan al personal seguir desarrollando sus funciones de cara a poder cumplir sus objetivos y tareas sin perjudicar su bienestar físico, cognitivo y emocional.
Por eso, desde UGT y CCOO, reclamamos la constitución urgente de un Grupo de estudio y regularización del Teletrabajo en el ámbito de la MGNAGE.
Por otro lado comenzamos a solicitar la convocatoria urgente de las Mesas Delegadas de todos los Departamentos y Organismos, entendiendo que es el ámbito de negociación específico para concretar las medidas, líneas de actuación y planes de contingencia, de cara a la futura reincorporación gradual y progresiva del personal a la prestación del servicio presencial.
Una vez superada la fase más aguda de expansión de la pandemia, con objeto de facilitar una recuperación paulatina de la actividad social y económica, el Gobierno ha definido el Plan para la transición hacia una nueva normalidad, cuyo objetivo fundamental es conseguir que se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud se puedan desbordar.
Ante este escenario de transición gradual, asimétrica y coordinada se hace imprescindible iniciar la recuperación de la normalidad en el ámbito laboral de la Administración del Estado. En ese sentido Función Pública nos planteó la necesidad de negociar una serie de medidas sobre aspectos organizativos de la fase de desescalada con carácter previo a dictar una Resolución que aúne dicha progresividad con las necesarias garantías de seguridad y salud para las empleadas y los empleados públicos en el desempeño de sus funciones.
Tras unas intensas sesiones de negociación, apretados por el calendario, UGT y el resto de sindicatos hemos conseguido alcanzar un Acuerdo con la Administración para definir un marco general que garantice la homogeneidad de las medidas relacionadas con la reincorporación gradual de las y los empleados públicos a los centros de trabajo de manera presencial.
Todo ello desde el reconocimiento de que el conjunto de empleadas y empleados públicos al servicio de la Administración General del Estado han demostrado un desempeño ejemplar y una profesionalidad contrastada en el mantenimiento y prestación de los servicios públicos desde que se declaró la pandemia asociada al COVID-19 y los terribles efectos que ha tenido sobre la sociedad española.
Gracias a este esfuerzo y compromiso de todo el personal de la Administración ha sido posible que se haya podido seguir cumpliendo con las tareas de servicio público encomendadas y con aquellas nuevas derivadas de la pandemia que estamos sufriendo sin interrupción, tanto de manera presencial en los servicios esenciales e imprescindibles, así como la gran mayoría usando el trabajo a distancia en sus diferentes modalidades a pesar de las dificultades que en este proceso se han tenido que sortear.
Por eso, la Administración General del Estado y los Sindicatos firmantes, desde la unidad en la lucha contra la pandemia y la vocación de servicio a la ciudadanía, hemos querido explicitar esa gratitud y reconocimiento a todos los empleados y empleadas públicas por el esfuerzo desarrollado.
En cuanto a los contenidos del Acuerdo destaca la priorización del trabajo en modalidades no presenciales. En todo caso, priorizando esta modalidad para los grupos vulnerables y los que tengan a su cargo personas menores y mayores dependientes y se vean afectadas por el cierre de centros educativos o de mayores.
No podrán incorporarse colectivos de riesgo al trabajo y en ningún caso, los empleados y empleadas públicos mientras se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: incapacidad temporal, tener o haber tenido sintomatología, haber estado en contacto estrecho con personas afectadas por esta enfermedad. Asimismo, los grupos vulnerables para la COVID-19 no se incorporarán en las Fases 0 y I, y posteriormente será preciso una evaluación del servicio de PRL.
En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática. Para el caso de atención presencial será precisa la cita previa. Se limitará el aforo y deberán adoptarse las medidas necesarias para minimizar los posibles riesgos para la salud.
En cuanto a la flexibilización de la jornada laboral deberá constar la conformidad del empleado o empleada en los supuestos de alteración de los tramos de su jornada habitual
Con la finalidad de desarrollar una transición segura hacia la nueva normalidad, siempre de acuerdo con las recomendaciones establecidas por el Plan para la transición hacia una nueva normalidad y las especificidades de cada centro de trabajo, se establecen las fases en paralelo al calendario general con carácter flexible y adaptativo. Así es de destacar una incorporación lenta y gradual que se inicia con la incorporación de los servicios de Prevención de Riesgos Laborales en la Fase 0, continúa con los sectores de actividad que resulten imprescindibles, destacando la apertura de los centros al público a partir de la Fase II. Se establecen una serie de cautelas en cuanto a reuniones, viajes, cursos y actividades formativas y pruebas selectivas.
Por último, significar que los centros de trabajo deberán implementar los protocolos, códigos de buenas prácticas y procedimientos de seguridad y salud pública. En ese sentido es de destacar la cláusula decimotercera relativa al diálogo social que dice “Las medidas derivadas de la presente Resolución que se deban adoptar por parte de los Departamentos y organismos públicos de la Administración serán objeto de tratamiento previo en las Mesas Delegadas o demás órganos de participación que correspondan según el ámbito”.
Se establece, en conclusión, un MARCO de CORRESPONSABILIDAD, HOMOGÉNEO y NEGOCIADO en todos los ámbitos, basado en la reincorporación gradual, lenta y con garantías para minimizar riesgos de contagio tanto de las empleadas y empleados públicos como de la ciudadanía en general.