El pasado 14 de marzo, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma con motivo de la crisis sanitaria originada por la pandemia del COVID-19.
Desde entonces se ha procedido a adoptar distintas iniciativas dirigidas a ordenar la aplicación de las medidas que se han entendido como necesarias. Todas estas medidas, particularmente las que han incidido en la limitación de la movilidad de las personas, han contribuido a contener el avance del Covid-19. El permiso regulado en el presente Real Decreto-ley 10/2020 es de aplicación obligatoria a todas las personas trabajadoras que prestan servicios en aquellas empresas que no desarrollan actividades que sean esenciales.
Real Decreto-ley 10/2020 de 29 de marzo: actividades esenciales
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