NOTA INFORMATIVA. FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS: CÓMPUTO DEL PERIODO DE LA FASE DE PRÁCTICAS.

Procedimiento selectivo educación

Desde la Consejería de Educación se traslada la siguiente información.

En relación con el apartado quinto de la Resolución de 30 de agosto de 2024, por la que se regula la fase de prácticas de las personas seleccionadas en el procedimiento selectivo para ingreso en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022, a los efectos del cómputo de duración de las prácticas, la comisión calificadora designada al efecto ha fijado el siguiente criterio interpretativo:

“Los permisos retribuidos tendrán la consideración de tiempo de trabajo efectivo a los efectos del cómputo del periodo de duración de la fase de prácticas, siempre y cuando el número total de días trabajados permita realizar la evaluación en los términos legalmente previstos, por no haberse visto desvirtuado el objeto de la misma”.

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